Es una suerte de carta magna de una ciudad. Su misión es regular los aspectos referidos a las habilitaciones, la organización del tejido edilicio y distribución de usos, como por ejemplo, el empleo del suelo, las estructuras e instalaciones, la apertura y ensanche de vías públicas, la subdivisión y englobamiento de parcelas, los volúmenes edificables, la preservación de los ámbitos históricos, arquitectónicos, ambientales y paisajísticos y con todos aquellos aspectos que tengan relación con el ordenamiento urbanístico del territorio de una urbe. Es una de las definiciones del Código de Planeamiento Urbano (CPU).
El de San Miguel de Tucumán fue creado en 1998 a través de la ordenanza N° 2648/98 y actualizado en mayo del año pasado. Sin embargo, en sus jóvenes 17 años de existencia ha sido víctima de numerosas excepciones solicitadas por gobernantes de turno y por particulares. La campaña proselitista ha puesto sobre el tapete estas violaciones al Código. El gobernador y sus ahora ex partidarios han cruzado acusaciones sobre la aprobación de estos atajos al CPU realizados oportunamente.
En junio de 2011, un informe divulgado por la Municipalidad capitalina señalaba que en el 58% de las edificaciones en altura se había cometido alguna infracción. La falta de respeto a la ley y la ausencia de control municipal llevaron en 2007 al Concejo Deliberante a aprobar mediante ordenanza una excepción masiva para unas 500 construcciones irregulares. En 2008, la polémica por las violaciones al CPU, la mayoría promovidas por el mismo Gobierno, por funcionarios y políticos, se reactualizó. Algunas de las excepciones fueron: el súper ubicado en avenida Sarmiento al 700 pudo construirse a partir de una excepción al CPU. Otro hipermercado, ubicado en avenida Sarmiento y Catamarca, también generó discusión; el permiso se concedió por la vía de la excepción. El viejo predio de LV 12, en Rivadavia 120, iba a ser demolido para erigir un edificio de 12 pisos, a pesar de que la norma sólo permitía hasta siete pisos. También hubo prerrogativas para permitir la edificación de un supermercado en 25 de Mayo al 300. En diciembre de 2013, el Concejo Deliberante aprobó una ordenanza que permitía la regularización de inmuebles ya construidos, cuyos propietarios hubiesen transgredido el CPU. La norma debía expirar en diciembre de 2014. Para acogerse a la nueva reglamentación se debía presentar en la Dirección de Catastro municipal la documentación técnica de la obra, que iba a decidir si esta se hallaba en condiciones de regularizar su situación, previo pago de una multa. El expediente sería girado a la Subsecretaría de Planeamiento Urbano, y finalmente, enviado al Concejo para su aprobación.
Cabe preguntarse si las excepciones al CPU promovidas por el Gobierno en los últimos años tuvieron por objetivo mejorar la ciudad o respondieron a intereses sectoriales o particulares. Sería interesante que alguna autoridad explicara por qué en los últimos años no se le consultó al Colegio de Arquitectos de Tucumán sobre las solicitudes de excepción. Pese a ello, en 2012, la entidad había advertido respecto de la ordenanza que permitía la edificación en los centros de manzana, que no favorecía el bien común de los vecinos.
El Código de Planeamiento Urbano es una brújula que indica hacia dónde debe ir la ciudad y al mismo tiempo busca evitar que cada ciudadano o gobierno haga lo que quiera. No obstante, esta realidad muestra una vez más que los tucumanos elaboramos normas no para respetarlas, sino para transgredirlas. Lo lamentable es que sean las autoridades, que deben dar el ejemplo, muchas veces las promotoras de estas excepciones.